Columna TODO TERRENO
Por: Octavio Díaz García de León*
Como ocurre en cada sexenio desde que el presidente Fox introdujo en 2002 el primer código de ética para el gobierno federal, en noviembre de 2025 la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno publicó una nueva versión de este instrumento (Código 2025).
De la conducta individual a la integridad institucional
El Código 2025 representa un avance respecto del anterior emitido en 2022 porque este último estaba más centrado en el cumplimiento formal y en el combate a la corrupción y el nuevo documento incorpora temas como sostenibilidad, igualdad, trato digno, prevención del acoso, uso responsable de los recursos públicos, cuidado del entorno y solución de dilemas éticos.
La corrupción y las malas prácticas no se combaten únicamente sancionando conductas indebidas. También se requiere construir instituciones capaces de prevenir riesgos, orientar decisiones y generar ambientes laborales donde la integridad sea una práctica cotidiana. En ese sentido, el Código 2025 reconoce que la ética pública no depende sólo de la voluntad individual de cada servidor público, sino también del diseño institucional y de los mecanismos de seguimiento.
Un documento demasiado amplio
Sin embargo, el Código 2025 también presenta limitaciones importantes. La primera es su dimensión excesiva. El documento contiene demasiados conceptos, lo que afecta su eficacia a la hora de aplicarse. La extensión del código —con 12 principios, 6 valores, 11 reglas de integridad y 170 conductas deseables y prohibidas — dificulta la memorización y supera fácilmente lo que una persona puede recordar o aplicar en la práctica cotidiana.
Un código de ética debe ser claro, breve y funcional. Su utilidad depende de que una persona pueda entenderlo, recordarlo y usarlo cuando toma una decisión. Si el código contiene demasiadas categorías, principios y reglas, corre el riesgo de convertirse en un documento formal que se firma al ingresar al gobierno, pero que rara vez se consulta o interioriza.
La confusión entre ética y responsabilidad administrativa
Otro problema es la relación entre el Código de Ética y la Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA). En términos generales, los códigos de ética buscan orientar comportamientos y construir una cultura institucional. Por ello, resulta inapropiado sancionar violaciones al código de ética como pretende la LGRA. En ella se estableció que la violación al código de ética era también una falta administrativa no grave. Así, se mezcló indebidamente el cumplimiento de un código de ética con el cumplimiento de esta Ley. Para agravar la confusión, diversos artículos del Código 2025 se refieren a conductas que, de no cumplirse, de todas maneras, ya están contempladas en la LGRA como faltas administrativas. Así, se producen contradicciones importantes: por una parte, la violación al código de ética es una falta no grave, pero algunas conductas violatorias del código, serían una falta grave bajo dicha Ley. (Ver artículo)
Lo que enseña el sector privado
En mi experiencia en empresas multinacionales, los códigos de ética funcionan porque suelen ser breves, estar vinculados a riesgos concretos y promueven comportamientos deseados. Además, son impulsados desde el más alto nivel de la organización. El presidente del consejo, el director general y los principales ejecutivos participan en su difusión, explican su importancia y dejan claro qué conductas son inaceptables. El seguimiento diario recae en áreas con jerarquía, recursos y autoridad suficiente.
En contraste, en el gobierno federal estos instrumentos suelen quedar en manos de comités de ética, áreas administrativas de bajo nivel u órganos internos de control. El código de ética gubernamental pierde fuerza cuando no es promovido y cumplido de manera visible por los titulares de las dependencias, entidades y máximas autoridades de organismos y poderes autónomos.
Un avance que puede quedarse en aspiración
El Código 2025 representa un avance sobre el de 2022. Introduce una visión más moderna de integridad pública, incorpora herramientas para atender dilemas éticos y reconoce la necesidad de prevenir riesgos antes de que se conviertan en irregularidades. Sin embargo, mantiene debilidades estructurales: exceso de conceptos, baja operatividad, confusión con el régimen de responsabilidades administrativas, ausencia de indicadores claros y poca vinculación con los riesgos específicos de cada institución.
El comportamiento ético de los servidores públicos no mejora sólo con publicar un nuevo código. Mejora cuando entienden qué se espera de ellos, cuando sus superiores predican con el ejemplo, cuando existen canales confiables de consulta y denuncia y cuando las instituciones responden de manera consistente frente a conductas indebidas. Por ello, el éxito del Código 2025 dependerá de que se traduzca en capacitación práctica, liderazgo institucional, indicadores verificables y comités de ética con verdadera capacidad de actuación. De lo contrario, seguirá siendo un documento bien intencionado, pero de eficacia limitada.

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