Columna DESDE LA BANQUETA.
Por Gabriel Escalante Fat
“El hombre es esencialmente universal,
las diferencias de nacionalidad son accidentales”.
Jorge Luis Borges.
Cuando mi madre y mis tías tramitaron por primera vez sus pasaportes (a principios de la década de los ’60) debieron acudir antes a la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores, para firmar una carta de renuncia a cualquier nacionalidad distinta a la mexicana. Eso en virtud de que, al haber sido hijas de padre chino, existía la hipotética posibilidad de que reclamasen la nacionalidad de su padre.

Cumplido ese trámite, pudieron obtener sus pasaportes.
El mismo documento tuvo que ser exhibido ante el notario que realizó la escrituración de los inmuebles que ellas recibieron como herencia, por parte de mi abuelo.
En el México de economía cerrada y proteccionismo a la industria nacional, se temía que la incursión de extranjeros pudiera ser perjudicial en alguna u otra forma. Pero esos eran los años sesenta.

No fue sino hasta 1998, cuando se modificó el Artículo 37 Constitucional, y se promulgó la nueva Ley de Nacionalidad cuando, por fin, los ciudadanos mexicanos tuvieron el derecho de adquirir una segunda nacionalidad (incluso acceder a una múltiple), sin necesidad de renunciar a la mexicana, como sucedía hasta entonces.
Este derecho lo tenían desde décadas atrás en la mayor parte de las naciones progresistas del planeta, pero México se resistía a dar ese paso que —hay que destacarlo— benefició principalmente a los migrantes mexicanos en Estados Unidos y a los hijos de ellos, nacidos allá.
Por fin había dejado de haber en México ciudadanos de primera y de segunda, al menos ante la ley.
Cuatro años antes, en julio de 1994, aún bajo el gobierno de Salinas de Gortari, se modificó la fracción primera del artículo 82 constitucional, en la que, para ser presidente de la República, ya no era necesario ser hijo de ambos padres mexicanos por nacimiento, sino con que uno solo de los progenitores lo fuera, habilitaba al ciudadano a aspirar a la primera magistratura del país.

El artículo que impidió que Carlos Hank fuera presidente en 1982, permitió, al ser modificado, que Vicente Fox alcanzara la silla presidencial en el año 2000.
Pero la 4T busca siempre volver al pasado: a un sistema de partido único, al control de los poderes Legislativo y Judicial por parte del Ejecutivo, a una prensa dócil y “maiceada” desde Palacio Nacional, a una ciudadanía mentalmente menor de edad y dependiente de las dádivas gubernamentales, al uso de recursos públicos en empresas estatales, aunque sean un fracaso económico.
Ahora, la Presidencia ha enviado al Congreso una iniciativa (que será aprobada “sin cambiarle ni una coma” por los legisladores serviles al régimen) en la que se inhabilitará para aspirar al cargo de gobernador, jefe de gobierno de la CDMX o presidente de México, a los ciudadanos que tengan una nacionalidad adicional a la mexicana. El argumento para este cambio —pedestre y populista, como se le vea— es el de que un ciudadano con otra nacionalidad podría favorecer a un gobierno extranjero o, llegado el caso, acogerse a la protección de otro país para evadir la acción de la justicia mexicana. El régimen prefiere que se favorezca a corporaciones criminales —¡Eso sí, bien mexicanas!.

Tal como lo planteó Luisa María Alcalde —Consejera jurídica de la Presidencia—, suena muy patriótico, muy nacionalista, muy defensor de la soberanía. Pero mirando la realidad, es un hecho que muchos nativos de los estados fronterizos poseen —por intereses comerciales, laborales, de salud o de educación de sus hijos— nacionalidad estadounidense, sin que eso los convierta en potenciales traidores a la Patria.
Visto desde otra óptica, esta medida es una regresión. Una privación de derechos políticos a miles de personas que, legalmente, han optado por beneficiarse de la ley de 1998, adquiriendo la nacionalidad de sus padres o abuelos o, simplemente, reclamando una prerrogativa por haber nacido fuera del territorio nacional, hijo de padre o madre mexicanos.
Según juristas, la nacionalidad y la lealtad constitucional no son conceptos equivalentes. La doble nacionalidad constituye un vínculo jurídico; la lealtad al Estado es una obligación constitucional y política.
Estas acciones abonan a la narrativa cuatrotera del nacionalismo a ultranza, de la defensa de lo autóctono, del rechazo a nuestro pasado hispano, de la modificación arbitraria de la historia, así sea con ridículos cambios a nombres de la geografía mexicana.

Hoy son limitaciones para 34 cargos de elección popular. Mañana las restricciones a personas con doble nacionalidad podrían ampliarse y llegar a tratos fiscales diferenciados, impedimentos para la inversión y lo que usted se pueda imaginar. ¿Por qué no mejor tratamos de librarnos de esos mexicanos hasta la médula que, desde sus altos cargos públicos, no tienen empacho en enriquecerse a costa del erario, en hacer negocios mediante el tráfico de influencias y en evadir la justicia al amparo de la protección de su camarilla? ¡Eso sería lealtad a México! Y no absurdas restricciones a derechos políticos, basados en supuestos sin evidencia alguna. Guadalajara, Jalisco, septiembre 02, 2026.

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