Columna: DE LA REDACCIÓN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la reducción del aguinaldo de 60 a 30 días para los trabajadores que se jubilen en el futuro bajo el esquema del ISSSTEZAC. Sin embargo, la medida es limitada y no aplica de forma general en el país. La resolución, emitida por el máximo tribunal, respalda la reforma al artículo 74 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (ISSSTEZAC). Este ajuste busca garantizar la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones estatal, que enfrenta problemas de viabilidad a largo plazo. Detalles clave del fallo:
*Alcance limitado: La reducción aplica exclusivamente a los nuevos pensionados del ISSSTEZAC en Zacatecas. No afecta a los jubilados del IMSS ni del ISSSTE federal.
*Sin retroactividad: Quienes ya están pensionados o solicitaron su pensión antes de la entrada en vigor de la reforma conservan intacto su derecho a recibir 60 días de aguinaldo.
*Solo para futuros jubilados: El recorte a 30 días regirá únicamente para los trabajadores que se jubilen a partir de la vigencia de la reforma.
*Base constitucional: La Corte consideró que esta medida no viola el derecho a la seguridad social, siempre y cuando sea razonable, proporcional y tenga como objetivo rescatar la viabilidad financiera de los sistemas de pensiones en crisis.
Los ministros destacaron que, ante la insostenibilidad de algunos fondos estatales, es válido ajustar prestaciones futuras sin afectar derechos ya adquiridos. Esto establece un precedente importante que podría abrir la puerta a reformas similares en otros estados que enfrentan déficits en sus cajas de pensiones.
Aunque el fallo es específico para Zacatecas, analistas advierten que representa un referente jurisprudencial relevante a nivel nacional para gobiernos locales que buscan equilibrar sus finanzas sin vulnerar derechos adquiridos de los actuales pensionados.
Este tipo de ajustes reflejan el delicado equilibrio entre la protección de los derechos laborales y la responsabilidad fiscal de las instituciones de seguridad social en México.

FUENTE SCJN: https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/comunicado.asp?id=8423





