Columna: INCÓGNITA LEGAL
Por: Julio César Pastor Herrera*
La negligencia médica constituye una de las problemáticas más delicadas dentro del sistema de salud mexicano, pues involucra directamente el derecho humano a la protección de la salud y, en muchos casos, el derecho a la vida. En México, este fenómeno puede generar responsabilidades civiles, penales, administrativas e incluso en materia de derechos humanos, tanto en el ámbito federal como en el estatal.
El artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce el derecho de toda persona a la protección de la salud, lo que obliga al Estado y a los prestadores de servicios médicos a brindar atención adecuada, profesional y conforme a los estándares científicos y éticos aplicables.
Pero, ¿Qué es una negligencia médica?
La negligencia médica ocurre cuando un profesional de la salud actúa con impericia, descuido, omisión o falta de diligencia en la atención de un paciente, provocándole daños físicos, psicológicos o incluso la muerte. No todo resultado adverso implica negligencia; para que exista responsabilidad debe acreditarse que el personal médico incumplió la “lex artis médica”, es decir, los protocolos, conocimientos y cuidados exigibles en la práctica profesional.
Entre los casos más comunes se encuentran:
- Diagnósticos incorrectos o tardíos.
- Errores quirúrgicos.
- Omisión de atención urgente.
- Medicación equivocada.
- Falta de consentimiento informado.
- Negativa injustificada de atención médica.
- Alta médica prematura.
- Omisiones en el seguimiento del paciente.
El marco jurídico federal
A nivel federal, la principal norma aplicable es la Ley General de Salud, la cual regula la prestación de los servicios médicos en todo el país y establece las competencias entre la Federación y las entidades federativas.
Dicha ley establece que los servicios de salud pueden ser públicos, privados y sociales, y todos deben cumplir estándares de calidad y seguridad médica.
Asimismo, el artículo 228 del Código Penal Federal contempla responsabilidad profesional para médicos y demás profesionistas de la salud. Dicho precepto legal contempla sanciones cuando, en ejercicio de su profesión, ocasionen daños derivados de conductas delictivas o culposas.
Por otro lado, la propia Ley General de Salud contempla delitos específicos. Por ejemplo, el artículo 469 de dicho cuerpo normativo sanciona al profesional de la salud que, sin causa justificada, se niegue a prestar atención urgente poniendo en peligro la vida del paciente, pudiendo imponerse prisión, multa y suspensión profesional.
En el ámbito federal también destaca la intervención de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED), organismo desconcentrado de la Secretaría de Salud encargado de recibir quejas por presuntas malas prácticas médicas y procurar soluciones conciliatorias o arbitrales entre pacientes y prestadores de servicios médicos. Aunque la CONAMED no impone penas de prisión ni sanciones administrativas definitivas, sí puede emitir dictámenes técnicos y laudos que sirven como prueba en juicios posteriores.
El marco jurídico local
En el Estado de México, la negligencia médica también puede generar responsabilidad conforme a la legislación local, particularmente mediante:
- El Código Penal del Estado de México.
- La Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.
- La legislación civil relativa a daño moral y responsabilidad profesional.
Cuando la negligencia ocurre en hospitales públicos estatales, además de la responsabilidad individual del médico, puede configurarse responsabilidad patrimonial del Estado, obligando a las instituciones públicas a indemnizar a las víctimas por los daños causados por una actividad administrativa irregular.
Además, si los hechos constituyen violaciones graves a derechos humanos, pueden intervenir organismos como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) o la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM).
En el ámbito local también destaca la intervención de la Comisión de Conciliación y Arbitraje Médico del Estado de México (CCAMEM), organismo desconcentrado de la Secretaría de Salud estatal encargado de recibir quejas por presuntas malas prácticas médicas y procurar soluciones conciliatorias o arbitrales entre pacientes y prestadores de servicios médicos en la entidad. Aunque la CCAMEM no impone penas de prisión ni sanciones administrativas definitivas, sí puede emitir dictámenes técnicos y laudos que sirven como prueba en juicios posteriores.
Casos en el Estado de México
En los últimos años, diversos casos de negligencia médica ocurridos en hospitales del Estado de México han derivado en recomendaciones de organismos protectores de derechos humanos.
Por ejemplo, la CNDH emitió recomendaciones contra el Instituto Mexicano del Seguro Social por deficiencias médicas ocurridas en hospitales ubicados en municipios mexiquenses como Tlalnepantla y Texcoco, donde se acreditaron omisiones en diagnósticos, tratamientos y atención oportuna a pacientes.
Estos casos reflejan que la negligencia médica no solamente puede derivar en responsabilidad civil o penal, sino también en violaciones a derechos humanos, particularmente al derecho a la salud, integridad personal y vida.
Vías legales para reclamar
Una víctima de negligencia médica en México puede acudir a distintas vías:
1. Vía administrativa
Presentando una queja ante:
- La CONAMED.
- Órganos internos de control.
- Secretarías de Salud.
- Comisiones de derechos humanos.
2. Vía civil
Para reclamar indemnización por:
- Daño moral.
- Gastos médicos.
- Lucro cesante.
- Daños y perjuicios.
3. Vía penal
Cuando la conducta médica constituye delito, como:
- Homicidio culposo.
- Lesiones culposas.
- Omisión de auxilio.
- Responsabilidad profesional.
4. Juicio contencioso o responsabilidad patrimonial Procedente principalmente contra instituciones públicas de salud. La importancia del expediente clínico Uno de los elementos más importantes en este tipo de asuntos es el expediente clínico, pues constituye la principal prueba para acreditar si existió o no negligencia médica. Su integración correcta es obligatoria conforme a las normas oficiales mexicanas y debe contener diagnósticos, tratamientos, evolución del paciente, consentimiento informado y demás actuaciones médicas relevantes. La ausencia o alteración del expediente puede generar presunciones negativas contra la institución médica o el profesional de la salud. En suma… La negligencia médica representa una violación grave al derecho humano a la salud y puede tener consecuencias devastadoras para las víctimas y sus familias. En México, tanto la legislación federal como la del Estado de México prevén mecanismos para sancionar estas conductas y reparar los daños ocasionados. Sin embargo, uno de los principales retos continúa siendo el acceso efectivo a la justicia médica, ya que muchas víctimas desconocen las vías legales disponibles o enfrentan dificultades técnicas para acreditar la mala práctica. Por ello, resulta indispensable fortalecer la supervisión sanitaria, la capacitación médica y los mecanismos de responsabilidad profesional, a fin de garantizar servicios de salud dignos, seguros y eficientes para toda la población.

Socio fundador de la firma jurídica Incógnita Legal y creador de contenido
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