Columna: GOBIERNO
Por De la Redacción
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó una aclaración contundente a contribuyentes, comercios y empleadores: la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para emitir facturas electrónicas (CFDI). De acuerdo con un comunicado oficial del organismo, condicionar la entrega de una factura a la presentación de este documento constituye una infracción grave al Código Fiscal de la Federación (CFF). Quienes incurran en esta práctica pueden enfrentar multas que van de 21 mil 420 a 122 mil 440 pesos, según lo establece el artículo 83, fracción IX del CFF.

El SAT precisó que, para emitir un CFDI, el proveedor o emisor solo necesita cuatro datos básicos del receptor:
  • Clave del RFC
  • Nombre o razón social
  • Código postal
  • Régimen fiscal
Estos datos pueden obtenerse fácilmente a través de la Cédula de datos fiscales, disponible en el portal: https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales/. El organismo también dirigió un mensaje directo a los empleadores: no deben exigir la Constancia de Situación Fiscal a sus trabajadores para timbrar recibos de nómina. En su lugar, pueden solicitar los datos necesarios mediante un trámite de aclaración (ficha 44/CFF “Solicitud de datos en el RFC de asalariados”, del Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente).

La CSF contiene información personal y sensible del contribuyente —como actividades económicas, obligaciones fiscales y domicilio fiscal—, datos que resultan irrelevantes para la emisión de facturas. Además, este documento no tiene vigencia y solo se actualiza cuando el contribuyente modifica su situación en el RFC (por ejemplo, cambio de domicilio, régimen fiscal, actividades económicas o incorporación de CURP). Por ello, no es necesario renovarla periódicamente.

¿Cómo obtener la Constancia de Situación Fiscal si la necesitas?

El SAT recordó los canales disponibles para personas físicas y morales:
  • Portal del SAT (sat.gob.mx) con contraseña o e.firma vigente.
  • Aplicación SAT Móvil (descarga permanente para personas físicas).
  • SAT ID (envío mensual).
  • Oficina Virtual (con cita en citas.sat.gob.mx, servicio “Entrega de Constancias”).
  • Oficinas del SAT sin cita previa, presentando identificación oficial vigente o mediante huella digital.
Esta aclaración surge en un contexto donde algunos negocios y empresas siguen solicitando la CSF de manera indebida, lo que genera molestias a los contribuyentes y saturación en los servicios presenciales del SAT. El organismo invita a denunciar estas prácticas ante sus oficinas o a través de los canales oficiales.

Con esta medida, el SAT busca simplificar los procesos de facturación y garantizar que los contribuyentes ejerzan su derecho a recibir comprobantes fiscales sin requisitos innecesarios.

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