REFORMAS EN TRÁNSITO; CAMBIOS EN EL PAPEL, ¿Y EN LA REALIDAD DE ATLACOMULCO?
Por Juan Leyva V.
¿A estas aturas de la vida, aún tiene fe en los reglamentos? No preguntamos esto porque sean incorrectos por sí mismos, sino por su escasa aplicabilidad en la realidad. Veamos un ejemplo. Tenemos un Bando Municipal que, supuestamente, reglamenta nuestro actuar social; pero ¿se cumple?
A nivel estatal, el pasado 25 de noviembre entraron en vigor las reformas al Reglamento de Tránsito del Estado de México. Repasemos lo legal, lo real y lo previsible que se desprenderá de este documento.
Otro intento - ¡sí, uno más! - por civilizarnos
Pregunte usted a cualquier persona en la calle sobre cuál aspecto de la vida social le parece que tiene más problemas y, seguramente, le dirá que la Seguridad -en todas sus vertientes-, es el principal.
La seguridad involucra, también, lo que ocurre en las vialidades, carreteras, o autopistas; por lo cual es necesario reglamentar la dinámica en ellas. De eso se desprende, entre otras leyes, el Reglamento de Tránsito del Estado de México, que tuvo algunas reformas en días pasados.
Sí, otras más.
¿Cuáles son dichas reformas? Básicamente, se pueden resumir en lo siguiente:
Eliminación de multas fijas, sustituyéndolas por tres variantes: a) multa mínima para quien no tenga historial de sanciones o multas pendientes, b) multa media para quienes tengan dos o tres incumplimientos, y c) multa máxima, para quien cuente con cuatro o más infracciones sin cubrir.
Las motocicletas sólo podrán ser conducidas por mayores de edad, con licencia vigente (ya sea impresa o digital) y, sobre todo, que haya acreditado anteriormente el examen de habilidades correspondiente; el cual tiene las variantes teórica y práctica.
¡Muy importante! Se prohíbe usar las motocicletas para transportar a menores que no puedan colocar sus piernas en el posapiés. De igual modo, tanto el conductor como su acompañante deberán portar un casco certificado, cuya vigencia no sea mayor a cinco años.
Las multas por no portar casco van de 3 a 5 UMAS, es decir, entre 340 y 565 pesos
Algo que es básico, pero no siempre se cumple, es la afirmación de que el rebase sólo podrá hacerse por el carril izquierdo. También se prohíbe transportar cargas que afecten la estabilidad o visibilidad
Por supuesto, hay algunas cosas básicas que, por increíble que parezca, se reafirman, entre ellas está la prohibición de manejar alcoholizado o drogado, por lo que, en caso de ser sorprendido, el conductor tendrá una sanción económica y arresto inconmutable de 48 horas, además de la retención del vehículo.
También se sancionará con multas de 16 a 20 UMAS, es decir de mil 810 a dos mil 262 pesos a quienes participen en arrancones, conduzcan sin licencia, obstruyan rampas peatonales, circulen sin placas o usen el celular mientras manejan.
Por último, tome en cuenta que el nuevo reglamento prevé la implementación de fotomultas en puntos estratégicos del Estado. Además, se restringe la circulación en carriles confinados y ciclovías; queda prohibido girar, detenerse o maniobrar en ellos. Lo mismo ocurre con estacionarse en camellones, aceras, pasos peatonales o conducir en sentido contrario.
Por este tipo de acciones, se prevén sanciones que van de los 16 la mínima, 18 la media y hasta los 20 UMAS la máxima, es decir, de mil 810 pesos a dos mil 36 pesos y dos mil 262 pesos, respectivamente.
Prepárese…o quizá no
No podemos fingir que todo lo anteriormente expuesto ocurre en Atlacomulco. Vea la Av. Isidro Fabela, Hidalgo, Alfredo del Mazo o el mismo libramiento Jorge Jiménez Cantú, un viernes o sábado por la noche, convertidos en escenario de arrancones, o conductores alcoholizados -y quién sabe qué más-, los cuales tienen la “divertida ocurrencia” de manejar a exceso de velocidad exponiendo su vida y de quien tenga la mala suerte de cruzarse en su camino.
¿Y los motociclistas? Circular en sentido contrario, rebasar por la derecha, atravesarse por el jardín municipal o no portar casco, son solo algunas muestras de su imprudencia. Peor aún, es muy común observarlos por las mañanas llevando a sus hijos a las escuelas sin las medidas básicas de seguridad. Algunos, quizá en el colmo de la irreflexión, traen a bordo a dos, tres o hasta cuatro menores de edad.
Y no es que apenas las autoridades se hayan dado cuenta del problema. No. La lista de actos políticos con los que, presuntamente, se terminaría con ello, es larga, pero no precisamente exitosa.
¿Recuerda cuando se municipalizaron las funciones de tránsito? Se dio a conocer oficialmente el 22 de octubre del 2020. El entonces alcalde, Roberto Téllez, comentó en ese momento que la iniciativa era para “dar fluidez al tránsito municipal y poner orden a las principales calles” (sic), dando a las oficiales encargadas la facultad de levantar infracciones.
¿Resultados? Todo siguió igual.
Marisol Arias, por su parte, y con un evidente objetivo electoral, realizó algunos comentarios sobre el tema, durante una entrevista que d´interés le realizó en diciembre de 2021. En ella, aseveró que las oficiales de Tránsito estarían más orientadas hacia la concientización que al castigo. Básicamente apostó al viejo esquema de no tocar a nadie y quedar bien con todos.
Como no podía ser de otro modo, fueron 3 años tirados a la basura en este rubro.
Nicolás Martínez, por su parte, también ha establecido algunas acciones para tratar de controlar este problema. En un comunicado destinado a la población atlacomulquense en general, estableció algunas directrices para el uso de motocicletas en el municipio. Las medidas establecían el uso obligatorio de casco, portar placas y toda la documentación necesaria para respaldar la propiedad del vehículo.
Vaya, lo mismo que se está publicando ahora.
Por supuesto, el presente Bando Municipal 2025, también cuenta con observaciones sobre el tema. Particularmente, en el artículo 242, en su inciso B, cuenta con 19 subincisos que -caray, lo que es la vida-prácticamente tocan los mismos temas que hemos abordado.
La paradoja es que, si ya se ha publicado lo mismo una y otra y otra vez, sin resultados visibles, ¿tenemos esperanza de que se cumpla lo dado a conocer en el Reglamento de Tránsito del Estado de México?
Cierto, estamos reduciendo a optimismo lo que debería ser la aplicación de la ley.
La parte buena de este asunto
Pese a las múltiples observaciones que hemos realizado, hay algo que sí debemos resaltar sobre lo dado a conocer por parte del Gobierno del Estado de México. Tiene un tono conciliador que, para bien, prioriza la concientización por sobre el castigo.
No es un asunto menor, ya que, a final de cuentas, las instancias gubernamentales no están únicamente para sancionar, sino para hacer llamados a la civilidad, teniendo como objetivo el bienestar público.
Pero tampoco podemos jugar el juego del inocente. ¿Cuánto de la falta de aplicación de la ley se debe a la voluntad de ser un gobierno conciliador? ¿Cuánto a simple, pura e insultante indolencia por parte de las autoridades?
Ya lo veremos en los próximos meses en este Atlacomulco que tiene muchos males, pero, sin duda, el caos vial en el que participan miembros del transporte particular y público, es uno de los más antiguos y, por lo mismo, más desesperantes.