Por José Mario*
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya respondió: no. Ni, aunque estés detenido, ni, aunque el teléfono sea “prueba asegurada”. Tus mensajes, fotos y conversaciones están protegidos por el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas. Un celular es hoy la extensión más íntima de la vida humana.
La Corte determinó que toda información extraída de un teléfono sin orden judicial es prueba ilícita. No importa si la carpeta ya fue judicializada: si el Ministerio Público accede sin autorización, viola la Constitución. Eso significa que nada de lo obtenido —mensajes, llamadas, correos o videos— puede usarse en tu contra. La privacidad digital no es un lujo: es un límite constitucional al poder.
Esta tesis marca un precedente crucial en un país donde la vigilancia se normaliza. Nos recuerda que el Estado no puede hurgar en la vida privada sin control judicial. Defender la intimidad es defender la libertad. Porque cuando se abre un teléfono sin orden, no sólo se violan datos: se vulnera la dignidad.
Aquí puedes consultar la tesis que generó este caso: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2019633
* Abogado y presidente de @PertenecesAC
CONTACTO X: https://x.com/JoseMarioMX



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