Por Arturo Allende González*

El tema de género en general y la igualdad entre hombres y mujeres en el acceso a las oportunidades en particular, ha venido progresivamente ganando espacio en nuestro país, de manera significativa en el último cuarto de siglo, de 2001 a la fecha ha registrado avances inobjetablemente relevantes. El tema se encuentra hoy presente en diversos terrenos de la vida política, económica, social y cultural de la sociedad mexicana; lo encontramos enfáticamente establecido en nuestra Carta Magna y en diversos ordenamientos jurídicos, como eslogan electoral y como principio en la selección de candidatos a puestos de elección popular por parte de los partidos políticos.
Está presente también como oferta en las campañas electorales, como argumento del discurso político, como materia de la agenda legislativa, en la reorganización de la Administración Pública, como tema prioritario de las políticas públicas y en el entramado institucional y programático de la gestión de gobierno, entre otros rubros.
Se expone a continuación una muestra del escenario descrito en los párrafos anteriores.
En nuestro texto constitucional está puntualmente establecido:
Artículo 4º que “La mujer y el hombre son iguales ante la ley”. “El Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres”.[1]
Artículo 41. “La ley determinará las formas y modalidades que correspondan, para observar el principio de paridad de género en los nombramientos de las personas titulares de las secretarías de despacho del Poder Ejecutivo Federal y sus equivalentes en las entidades federativas. En la integración de los organismos autónomos se observará el mismo principio”. [2]
Derivado de lo mandatado en nuestra Constitución, se han promulgado diversos ordenamientos secundarios en pro de la igualdad integral entre mujeres y hombres en nuestro país. Entre ellos se encuentran los postulados establecidos en los tres reciente planes nacionales de desarrollo.
El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 estableció por primera vez en 83 años de planeación institucional en México, la perspectiva de género como uno de los temas transversales del documento rector del desarrollo de nuestro país.
El Plan determinó que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberían alinear todos los Programas Sectoriales, Institucionales, Regionales y Especiales que se elaboren e implementen en torno a la Estrategia Transversal de la perspectiva de género. Lo anterior representó un importante avance en el propósito de promover desde la esfera gubernamental la igualdad entre mujeres y hombres.
El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 estableció que, durante ese sexenio, el quehacer gubernamental impulsaría la igualdad como principio rector: la igualdad efectiva de derechos entre mujeres y hombres, entre indígenas y mestizos, entre jóvenes y adultos, y se comprometía en la erradicación de las prácticas discriminatorias que han perpetuado la opresión de sectores poblacionales enteros.
El Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 contempla avances relevantes en torno a la perspectiva de género en general y a la igualdad de oportunidades para las mujeres en particular.
El andamiaje programático en materia de género y de manera enfática en pro de la igualdad entre mujeres y hombres, ha estado presente en las políticas públicas de nuestro país durante poco más de tres décadas.
En el marco de la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025, se creó la Secretaría de las Mujeres, a la cual le corresponde el despacho -entre otros- de los siguientes asuntos:
Establecer y conducir la instrumentación, coordinación, supervisión, seguimiento, implementación y evaluación en el ámbito de su competencia, de la Política Nacional en materia de:
  1. Mujeres, adolescentes y niñas, igualdad sustantiva y transversalización de la perspectiva de género”.[3]
Lo descrito hasta aquí, es parte del tránsito institucional que registra el empeño gubernamental y la persistencia social por la igualdad de género en nuestro país, lo cual ha generado el siguiente escenario.
Si bien en 2023 la economía mexicana se ubicó como la décimo primera más grande del mundo, la participación laboral de las mujeres sigue siendo baja. Aunque entre 2018 y 2024 la tasa de participación económica femenina aumentó de 42.7% a 45.9%, la brecha de género persiste, con una diferencia de 30 puntos porcentuales en comparación con los hombres, cuya tasa de participación alcanza el 77%. Esta desigualdad es aún más marcada en el caso de las mujeres adultas mayores, de las cuales solo el 20.2% participa en la economía, frente al 46.5% de los hombres en la misma condición. Además, las mujeres enfrentan mayores tasas de informalidad laboral (55.6%) que los hombres (53.6%), lo que las deja en condiciones de mayor vulnerabilidad económica y social.
A pesar de los avances en la reducción de la brecha salarial de género en un 30% gracias a las políticas de incremento al salario mínimo implementadas desde 2018, las mujeres en México siguen ganando en promedio 25.4% menos que los hombres por trabajo de igual valor. Esta diferencia salarial es una de las principales barreras para lograr la igualdad sustantiva. Además, las mujeres trabajan en promedio 7.4 horas menos a la semana en empleos remunerados que los hombres debido a su doble carga laboral, y su representación en puestos directivos sigue siendo marginal.
La discriminación en el acceso al empleo y la persistente división sexual del trabajo continúan excluyendo a millones de mujeres del mercado laboral.
Para garantizar la autonomía económica de las mujeres es fundamental continuar con políticas de empleo y protección social que favorezcan la inclusión laboral femenina, promuevan la equidad salarial y reduzcan las desigualdades en el acceso a oportunidades productivas.
Asegurar que las mujeres tengan acceso a un empleo digno, seguridad social y autonomía económica es una condición indispensable para erradicar la pobreza y transformar la estructura de desigualdad que históricamente ha limitado su desarrollo.
La realidad muestra que aún existen brechas significativas en los espacios de toma de decisiones.
En la -Administración Pública Federal- APF solo el 36.5% de los puestos directivos son ejercidos por mujeres, lo que muestra que el acceso a espacios de poder y decisión aún enfrenta barreras estructurales”.[4]
Nuestro país registra avances de paridad de género en la titularidad de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, sin embargo, aún queda camino por recorrer para alcanzar la paridad deseada en las estructuras ocupacionales del entramado gubernamental.

Continuará…

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[1]  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 4to.

[2]  Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 41.

[3] Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, Artículo 42 Bis.

[4] Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030.

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