Por Arturo Allende González*
El 17 de octubre del año en curso, la presidenta Claudia Sheinbaum anunció la creación de la Secretaría Anticorrupción y de Buen Gobierno, en sustitución de la Secretaría de la Función Pública. Lo anterior nos incentiva a realizar un breve análisis de las acciones que, desde la esfera gubernamental, en materia de transparencia y combate a la corrupción en la gestión pública, se han llevado a cabo a lo largo de los últimos 42 años.
El objetivo central de la nueva dependencia -se señaló en el anuncio de su creación-, es erradicar la corrupción a través de un enfoque preventivo y fomentar la transparencia en el Gobierno Federal, entre sus acciones se encuentran las siguientes:
- Dignificar la carrera del servicio público
- Dar acompañamiento preventivo a las instituciones
- Blindar programas y obras inhibiendo la corrupción
- Consolidar compras públicas transparentes
- Impulsar una transparencia proactiva y sumar a la sociedad en el combate a la corrupción
- Se fortalecerá la cultura de la denuncia
- Realizará investigaciones que inhiban la corrupción y el combate a la impunidad garantizando que violar la ley sea más caro que cumplirla
Para la elaboración del presente artículo, tomo como punto de partida algunos de los fundamentos de la renovación moral de la sociedad, expuestos en la exposición de motivos de la reforma constitucional anticorrupción, promovida por Miguel de la Madrid Hurtado hace 42 años:
La renovación moral exige -se puntualizó en diciembre de 1982- que el Estado asuma tres responsabilidades fundamentales:
- Prevenir la corrupción en sus relaciones con la sociedad. Para ello, la administración pública debe ser honesta, profesional y eficaz; se deben remover cargas burocráticas que agobian a la sociedad. Es indispensable poner a disposición del pueblo el poder del Estado, para que sea él mismo, la gran fuente de protección de sus derechos.
- Identificar, investigar, procesar y sancionar con legalidad, eficiencia, severidad e imparcialidad, la corrupción.
- Utilizar todos los medios a su alcance para que la sociedad, en especial la niñez y la juventud, refuercen su formación en los valores nacionales fundamentales y en las responsabilidades individuales y sociales que ellos Imponen.
A más de cuatro décadas, los fundamentos esgrimidos por de la Madrid, para lograr la renovación moral del pueblo mexicano siguen siendo válidos, así lo acreditan los hechos que imperan en nuestra sociedad en esta materia.
La experiencia demuestra que la aprobación de reformas constitucionales, la promulgación de leyes secundarias, la creación de instituciones y la implementación de procedimientos administrativos de fiscalización, han sido acciones importantes, pero no suficientes para erradicar el lastre social que representa la corrupción.
A lo largo de más de cuatro décadas se reformaron diversos artículos de nuestra Constitución General orientados a prevenir y combatir la corrupción, se promulgaron entre otras, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
Se creó la Secretaría de la Contraloría General de la Federación, la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, la Secretaría de la Función Pública, la Auditoría Superior de la Federación, la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos relacionados con Hechos de Corrupción, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el Sistema Nacional Anticorrupción y ahora la Secretaría Anticorrupción y de Buen Gobierno.
Se instituyó como obligación para todos los servidores públicos -primero- de nivel de jefe de departamento a presidente de la República, la presentación anual, así como al término del encargo, de la declaración patrimonial. Posteriormente, el Artículo 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas estableció para todos los servidores públicos, la obligación de presentar la declaración de situación patrimonial y de interés.
Este conjunto de acciones -si bien importantes- han sido insuficientes, pues su aplicación no ha logrado revertir el flagelo de la corrupción que tanto nos daña como país y desacredita al quehacer gubernamental. Lo anterior nos exige tutelar con mayor rigor la observancia de nuestro Estado de Derecho y sancionar con firmeza e imparcialidad a los corruptos.
Ciertamente la batalla contra la corrupción en el servicio público, no es sólo responsabilidad del gobierno en sus tres órdenes, la lucha contra esta plaga nos involucra corresponsablemente a todos, porque todos padecemos sus perniciosos efectos. Sólo la suma de voluntades y acciones de Estado y sociedad, nos permitirá progresivamente acabar con este lastre social.
Facebook del autor: https://web.facebook.com/arturo.allendegonzalez





